lunes, 6 de diciembre de 2010

32 años de la Constitución Española

El día 6 de diciembre se cumplen 32 años de la redacción y aprobación de la Constitución Española, la llamada Carta Magna bajo la cual a través de una larga declaración de principios se rigen nuestros derechos y deberes como ciudadanos españoles.
Aunque no he tenido la ocasión de leerme todo el texto porque es muy largo y cansino como lo resultan la mayoría de leyes, sí que me he permitido dedicarme un tiempo de mi vida a leerme los diferentes resúmenes acerca de su concepto, su estructura y su contenido para poder tener una idea global y permitirme una valoración en base a un conocimiento de causa. En términos generales, se trata de una Constitución que nos ha permitido el establecimiento de un buen sistema democrático, el desarrollo global del país y de su bienestar, mayores índices de competitividad a nivel internacional y notables cotas de autogobierno como nunca antes se habían tenido. Ello no significa que todo ello se haya hecho correctamente o como se debiera, o que partes de esta Constitución, por diferentes razones, no se hayan desarrollado. Hay que distinguir entre una buena norma suprema y la aplicación que de ella se hace, que son dos cosas muy distintas. Por poner un ejemplo, las enseñanzas de Jesucristo y la aplicación e interpretación que de ellas ha hecho la Iglesia Católica a lo largo de los siglos hasta nuestros días. Sin embargo, como toda obra humana de este mundo, es imperfecta y puede chocar ante determinadas circunstancias debidas al inevitable cambio de los tiempos. Insisto que por el hecho de no haberme leído la versión íntegra del texto y estar faltado de suficientes conocimientos del ámbito de las ciencias jurídicas, no soy capaz de juzgar qué parte de la Carta Magna debería de ser modificada. Hay que distinguir, pues entre un artículo que limite una libertad o el desarrollo de una cierta acción porque se ha quedado obsoleto, y un artículo que provoque las mismas limitaciones debido a una mala interpretación o aplicación o porque no se ha desplegado como se debía.

En efecto, la Constitución Española, como obra humana, es decir, imperfecta y cuestionable, es posible su modificación para adaptarla a los nuevos tiempos que vivimos, porque la realidad social siempre está por encima de la realidad legislativa, que nunca llega a ser real porque es solo una interpretación del momento, una “fotografía” de aquel instante y de aquella situación. Es decir, una ley coyuntural siempre quedará anticuada porque el mundo cambia más deprisa que todo aquello que se formula. No se debe de caer en el equívoco de que ser partidario de su reforma signifique ir en contra de la Constitución o ser antiespañol como algunos quieren hacernos creer. Ello sin embargo no implica la existencia de partidarios y contrarios a la reforma movidos mucho más por sus intereses personales y no porque realmente quieran velar por el bien común de la sociedad española.
Por ello, la modificación de las Leyes constitucionales resulta un tema extremadamente controvertido. Ninguna Constitución es como una sagrada escritura, como la Biblia, es decir, perfecta, infalible e incuestionable. Y porque algo sea declarado inconstitucional tampoco significa que sea necesariamente malo, solo quiere decir que está fuera de esa Ley, nada más, porque hay vida y sentido común más allá de lo que dicen todos y cada uno de los artículos. Cada párrafo no equivale a una parábola de las enseñanzas de Jesucristo, las cuales nadie va a criticar o reformar. Los autores del texto, los llamados “Padres de la Constitución” eran humanos y no enviados de Dios, lo que demuestra la posibilidad y viabilidad de una reforma si es que resulta necesaria. Así, cuando alguien defiende un artículo de la Constitución debería de hacer el ejercicio de plantearse si lo hace porque moralmente cree que tiene razón en lo que dice o solo lo defiende porque simplemente lo dice, es decir, que si dijese lo contrario también lo defendería. Y el mismo mensaje vaya para quienes son contrarios.

En definitiva, tan legítimo es estar de acuerdo con el contenido de la Constitución como quienes discrepan, siempre y cuando se haga con conocimiento de su contenido. No deberíamos de juzgar si no conocemos qué se dice y limitarnos a creer lo que aquel partido político del cual somos afines nos explica como si de un credo religioso se tratara.
Es necesaria una constitución para que un país progrese, y debería extenderse más que nunca el conocimiento de su contenido para saber a qué nos atenemos, empezando por las escuelas. Muy poca gente conoce lo que dice nuestra Constitución, y tanto su defensa como su rechazo se formulan a menudo desde la ignorancia. El preámbulo afirma que “La nación Española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de 1) Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo, 2) Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular, 3) Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones, 4) Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida, 5) Establecer una sociedad democrática avanzada, y 6) Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.”
La defensa y aplicación de este preámbulo bienintencionado, objetivo fundamental de la Constitución y punto de partida del desarrollo de las partes dogmática y orgánica, es de donde nacen todos los conflictos y discusiones tanto políticas como sociales porque no existe una sola manera de entenderlos y aplicarlos, y es precisamente aquí donde debería de formularse el mayor consenso posible que garantice una buena estabilidad estatal. Esta Constitución fue una decisión únicamente de expertos en la materia porque se redactó bajo unas circunstancias históricas que así lo obligaron. Sin embargo, hoy día, después de más de tres décadas de democracia, ello debería de hacerse extensible a la sociedad española, la cual tiene derecho a dar voz y voto para opinar y sugerir qué debería de contener o no la carta Magna para hacer del nuestro un país mejor. La participación ciudadana en la elaboración y materialización de nuestros deberes y derechos democráticos es hoy día fundamental para contribuir al progreso y al desarrollo que queremos, más allá de un criterio político y judicial.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola Ricard, En primer lugar felicitarte por tu blog. Podrías indicarme como puedo contactar contigo a traves de correo electrónico ? Es para hacerte unas consultas sobre los libros que has escrito y en relación al archivo histórico de nou barris.

He buscado algún link de contacto por la web, pero no me ha sido posible localizarlo. Un saludo Iván

Ricard dijo...

Hola:

Muchas grácias. me alegro de que te guste mi blog.
Mi dirección de correo electrónico es riferval@hotmail.com
Estamos en contacto. Saludos.

Ricard